miércoles, 20 de noviembre de 2019

TEMA 1: TERRITORIO EN COLOMBIA. CRISTIAN NARVAEZ HOYOS


Nombre: Cristian Narvaez Hoyos.
Presentado a: Dr. Juan David Barbosa y Juan David Lopez
Asignatura: económico internacional.
TERRITORIO EN COLOMBIA EN EL ÁMBITO DE TRATADOS INTERNACIONALES.
En el siguiente trabajo se analizará en principio los objetivos y las nociones de territorio establecidas en los tratados de libre comercio celebrados por Colombia con Estados Unidos, Corea; la Unión Europea y Costa Rica, se revisaran  los efectos del concepto de territorio respecto de disposiciones propias dependiendo de acuerdos como el acceso a mercados, servicios, inversión y compras públicas.
También se llevará a cabo una breve investigación sobre las discusiones por el TLC con israel, debido a que Colombia ha llegado a una posición sobre palestina, la cual también será parte del texto.
Territorio:
Existen muchas definiciones sobre esta pero según la RAE “ es la porción de la superficie terrestre perteneciente a una nación, región, provincia, es un término para dar competencia a una jurisdicción frente a un lugar concreto donde conviven seres vivos ya sean racionales como los humanos o animales”; por lo tanto lo que se quiere decir es que es un lugar determinado el cual está a cargo de una administración y también jurídicamente depende de una nación.
En el caso colombiano esta definición si tiene cabida además porque ha sido reconocido de esta manera por la constitución y por las autoridades que la controlan, entre ellas están los tratados internacionales aprobados por el congreso y ratificados por el presidente, generando obligatoriedad internacional frente a estos.
Por lo que a la larga el territorio es definido por parámetros establecidos en la constitución y además las comunidades internacionales verifican que se cumplan los parámetros establecidos.
Debido a una creciente globalización comercial entre los diferentes países bajo la finalidad de adquirir productos y servicios de otros mediante el intercambio se ve la necesidad de suscribir tratados de libre comercio entre los mismos para de esta manera facilitar a las personas el acceso a los productos y a otras economías. Por esta razón tiene mayor preponderancia el término de territorio para dar cumplimiento a las obligaciones y su delimitación respectiva, por esta razón el trabajo se basa en realizar una diferenciación de los diferentes tratados de libre comercio que ha ratificado Colombia en los temas correspondientes las territorio.
Ahora bien surge la duda de que es un TLC el cual según la revista semana es lo siguiente “Un Tratado de Libre Comercio (TLC) es un acuerdo que firman dos países para reglamentar sus relaciones comerciales. La idea es que sus productos y servicios puedan intercambiarse libremente y que los inversionistas de lado y lado cuentan con reglas del juego claras, estables y transparentes. Se busca así aumentar el comercio y la inversión entre ambas naciones.” Por lo tanto se traduce en un acuerdo de voluntades entre países para generar beneficios en la transferencia de bienes y servicios.”(semana, economia,2005.)
El proceso en Colombia para la implementación de un TLC empieza cuando se sientan a negociar los dos emisarios de cada gobierno, luego de este paso se da trámite al órgano legislativo para que lo evalúe y acepte y finalmente tiene un último control constitucional, para que se acople a lo plasmado en la constitución y el ordenamiento territorial.
Ahora si vamos a analizar las diferentes posturas que ha tomado los distintos  gobiernos en cuanto a la implementación de diferentes TLC ratificados por Colombia en referencia a lo que corresponde a la aplicación territorial del tratado.



Estados unidos
Unión europea
Alianza del pacífico
Corea
Costa rica.
a)  El territorio aduanero de los Estados Unidos que comprende los 50 estados, el Distrito de Columbia y Puerto Rico.
b)    Las zonas de comercio exterior ubicadas en Estados Unidos y Puerto Rico.
c)     Cualquier zona mas allá del mar territorial de los Estados Unidos dentro del cual, de acuerdo con el derecho internacional y la legislación interna, los Estados Unidos puede ejercer sus derechos con respecto al fondo y subsuelos marinos y sus recursos naturales.
El articulo 9 consagra el ámbito de aplicación geográfica:
a)     Territorios en los que es aplicable el Tratado de la Unión Europea y el tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
b)    En las condiciones previstas por dichos tratados.
-  Territorios de Colombia y Perú

La Alianza del Pacífico es un proyecto de integración profunda entre cuatro Estados latinoamericanos, Colombia, México, Chile y Perú, con miras a construir un área de integración profunda para la circulación de bienes, servicios, capitales y personas y convertirse en una plataforma política, económica y comercial y de proyección al mundo, con especial énfasis al Asia Pacífico.
El espacio aéreo, terrestre y marítimo bajo su soberanía, y aquellas zonas marítimas que incluyen el fondo y subsuelos marinos adyacentes y que se extiende más allá del límite externo del mar territorial sobre los cuales ejerce derechos soberanos o jurisdicción de acuerdo a su derecho interno y derecho internacional.
En virtud de los artículos 5 y 6 de la Constitución de la República de Costa Rica y el Derecho internacional, se entiende al territorio nacional incluyendo el espacio aéreo y marítimo, donde el Estado ejerce soberanía completa y exclusiva o jurisdicción especial.



Colombia: artículo 101 de la Constitución Política de Colombia,
Forman parte de Colombia, además del territorio continental, el archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina, la Isla de Malpelo y demás islas, islotes, cayos, morros y bancos que le pertenecen. También son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa, de conformidad con el Derecho Internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales (Const., 1991).


en este orden de ideas como podemos observar en el recuadro anterior la mayoría de países conserva la misma definición de territorio donde se aplicará el determinado tratado, se puede resaltar que el tratado que mas especifica hasta donde le cubren sus beneficios es ESTADOS UNIDOS, el cual hace constar que sus 50 estados incluyendo a PUERTO RICO están permeados bajo el acuerdo y les cobijan todas las ventajas sin demeritar el estado que sea.
Se puede observar todo lo contrario en lo referente al acuerdo comercial celebrado con la Unión Europea, no incluye definiciones del territorio, pero en la parte denominada Disposiciones Generales, su artículo 9 refiere que en cuanto al ámbito de aplicación geográfica del tratado,  aplicará a los territorios de Colombia y Perú, dejando al arbitrio de cada país lo correspondiente a su territorio. En lo pertinente a la unión europea solo indica que el tratado aplica en los países donde funcione la unión europea.
Frente al otro tema a tratar que es Israel y el tratado con este país, surgen muchos inconvenientes puesto que al igual que en Colombia y los otros países que observamos el territorio de aplicación está claramente definido, ya sea por las dimensiones constitucionales que diga la constitución del país correspondiente o el conjunto de ellos en caso de la unión europea o la alianza del pacífico; por el contrario en oriente ha existido una batalla por miles de años por la adjudicación de un territorio es específico el que ahora es ocupado por Israel y palestina, el problema surge puesto que no existe una delimitación clara de la frontera, por lo que la comunidad internacional les ha dado el nombre de territorios ocupados (Consejo de Seguridad, 1967) (Kacowicz, 1996).
 Por lo que en el respectivo tratado no se definió hasta donde llegaba el territorio de este sino que se decidió especificar que el tratado aplicaba hasta donde irían sus normas internas arancelarias, de esta manera se podría establecer un rango de aplicación a nivel territorial para dar aplicación a los beneficios del tratado.
El problema se hace evidente en colombia cuando el gobierno trae el tratado al órgano legislativo, el cual en uno de los debates en la cámara de representantes indican que la definición en cuanto a la aplicación del tratado en israel es muy ambigua, debido a que de esta manera se puede causar que israel extiende su territorio a aquel que no le corresponde, esta problemática no fue un gran percance para que se diera la ratificación del tratado, pero no deja de sr preocupante que en este caso no se tenga en cuenta como tal la definición de territorio como la observamos antes sino que va hasta donde los impuestos lleguen. “Como se observa, en el texto del Tratado de Libre Comercio de Colombia con Israel, la definición territorial es supremamente laxa y en lo relativo a Israel no excluye explícitamente los territorios militarmente ocupados como debería hacerse, permitiendo que se apliquen los beneficios arancelarios a productos elaborados en dicho territorio, sin ningún límite, ni regla de información. Además, de esta manera se estaría reconociendo implícitamente la soberanía israelí sobre los territorios ocupados de Cisjordania y Jerusalén Este, al definir el territorio de Israel como los territorios donde [Israel] aplica sus normas arancelarias. Esta definición desconoce la Línea Verde que es el punto de referencia legal aceptado por el Consejo de Seguridad para definir el territorio palestino, al tiempo que favorece el uso indebido de bienes palestinos que pueden ser incorporados falsamente como israelíes y prácticamente obliga a Colombia a reconocer unilateralmente soberanía israelí sobre territorios ajenos, creando obligaciones estatales para Colombia que van en contra del Derecho Internacional.”(Informe de Ponencia Primer Debate Cámara de Representantes, 2017).
En fin la problemática fue desvirtuada cuando se coloca en contraposición la inclusión de palestina como miembro de la organización mundial de comercio, en la cual ya se le brinda un tipo de reconocimiento como un territorio aduanero especial, de esta manera se le van a ir concediendo derechos reconocibles internacionalmente, para prevenir que israel abuse de su calidad de estado más consolidado y se apropie de territorios pertenecientes a otros. (Organización Mundial del Comercio, 2009),
Los tratados de libre comercio generan unos beneficios tanto para Colombia como para el país con el que se firma el tratado existen 3 tipos de beneficios que se puede llegar a tener los cuales son los siguientes.
1.  Acceso a mercados:
La OMC se refiere a el de la siguiente manera “el acceso de las mercancías a los mercados las condiciones y las medidas arancelarias y no arancelarias convenidas por los Miembros para la entrada de determinadas mercancías a sus mercados. Los compromisos arancelarios respecto de las mercancías se establecen en las listas de concesiones de cada Miembro relativas a las mercancías” (Organización Mundial del Comercio) por lo tanto se dice que en el tratado debe estar estipulado todas las condiciones que se aplican a la mercancía al entrar o salir del respectivo país junto con los beneficios de esta. Esto se evidenció por ejemplo en el tratado entre la unión europea y Colombia, Peru. Puesto que en su artículo 22 de este acuerdo indica el compromiso de las partes al estipular que no se grabará sus aranceles para las mercancías provenientes de las dos partes, por esta razón se genera mucha más inversión extranjera y además exportación del producto nacional a mayor escala debido a la estipulación arancelaria.
2.  Servicios
El acuerdo comercial celebrado entre Colombia y Costa Rica impone para las partes, mediante su artículo 13.6, la prohibición de exigir a un prestador de servicios de la otra parte constituirse en su territorio, mediante una oficina de representación o de cualquier otra manera, como condición para la prestación del servicio transfronterizo (Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Costa Rica, 2013).
Por lo tanto si una empresa Colombiana de transporte vía marítima hace viajes a Costa Rica en algún punto de su geografía no tendrá la necesidad de constituir la empresa en Costa Rica porque ese es uno de los beneficios más importantes del tratado con este país, de esta manera se evita una doble tributación por la constitución de la empresa en el otro país o cualquier gasto que devenga de esto.
3.  Inversión.
Cada acuerdo genera mayor inversión y por lo mismo antes de realizarlo se debe realizar un estudio para verificar si la inversión que se desarrollará del extranjero afecta o no la producción local, o si la beneficia, se examina una serie de pros y contras, puesto que la inversión extranjera no siempre es la mejor, tal como es el caso de estados unidos y sus productos agropecuarios, los cuales se ve la grave afectación del campesino promedio al tener que comprar semillas nuevas para cada cosecha solo porque el tratado incluye eso basándose en la protección de calidad para el consumidor. Esto no es algo bueno para el sector productor del país pero si para las grandes empresas estadounidenses que invierten en esos productos.
O por el contrario podrían generar seguridad a las empresas tanto nacionales como internacionales así como se ve reflejado en el tratado con Israel en donde prevé una compensación por pérdidas para las empresas de la otra parte que vean afectadas sus inversiones a costa de una guerra, insurrección, disturbios, o similares en el territorio de la parte receptora de la inversión; de esta manera si existe una empresa colombiana la cual es víctima de un ataque en Israel el gobierno colombiano puede reclamar los perjuicios causados. De esta manera se protege y a la vez de promover la inversión.
4.  Compras públicas:
En este punto el compromiso estatal es a celebrar negociaciones o contrataciones de obras públicas con entidades del país que hace parte del tratado; esto se puede evidenciar en el tratado con corea puesto que es este se brinda una especial atención a las empresas micro y pequeñas y medianas para la realización de obras públicas, claramente siguiendo el debido proceso de selección del país correspondiente; no es que por se de corea tengo que contratarla como estado parte del tratado, ellos deben cumplir con los requisitos impuestos a las mismas nacionales para garantizar una competencia real y no demerito por lo nacional.
Conclusión:
Por lo examinado anteriormente se ha podido evidenciar que la definición normativa de territorio es muy importante al momento de suscribir un tratado de libre comercio, puesto que de este depende realmente los alcances del tratado, debida a que las garantías que brindan los estados solo los cubre cuando estén en su territorio exactamente y tal como conste en el tratado pertinente.
Es tan importante debido a que es donde se asienta la población con su respectiva organización política y social, las cuales le dan la vida jurídica para garantizar seguridad a sus nacionales e inversionistas internacionales, de esta manera también se tendrá en cuenta que partes del territorio están en conflicto o son de alto riesgo para poder de esta manera realizar un tratado más especializado pensando en las garantías para los dos estados dentro del tratado.
Frente al tema de Israel y palestina cabe mencionar que son territorios de conflictos milenarios, los cuales apenas se van solucionando gracias a la colaboración mundial en efectuar un reconocimiento ya sea a una o a otra, el problema es que al colombiano aceptar como estado a palestina se está metiendo en un problema que no le corresponde, pero esto va encaminado a ayudar a la formalización de palestina y debida protección de su territorio, puesto que al tener un tratado con Israel se corre el riesgo de que al no existir como ya se menciona la territorialidad definida sino hasta llegue su régimen arancelario se corre un riesgo de que se apropie de territorio de palestina por lo que el estado colombiano decidió dale reconocimiento para salvaguardar su soberanía con la implementación del tratado con Israel. Pero igualmente es necesario tener claridad de los límites territoriales de ambos estados para poder garantizar a los nacionales e internacionales ; por esta razón la definición de territorio hace un plus muy importante en la firma de tratados de libre comercio.

Bibliografia:
·         Definición RAE (Real academia de la lengua española) https://dle.rae.es/?id=ZcqJYVW
·         Kacowicz, M. (1996). El aspecto territorial del conflicto árabe-israelí Una perspectiva comparada. Revista de Relaciones Internacionales.
·         Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Ley 205 de 2016 Cámara, 124 de 2015 Senado. Gaceta del Congreso 177 de 2017. 28 de marzo de 2017.
·         Organización Mundial del Comercio. (23 de Octubre de 2009). Palestina- Solititud de la condición de observador. Obtenido de https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:Gvs9jcpNIUcJ:https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/ExportFile.aspx%3Fid%3D104421%26filename%3DS/WT/L/770A1.pdf+&cd=2&hl=es-419&ct=clnk&gl=co
·         OMC. Acceso al Mercado. Tomado de:https://www.wto.org/spanish/tratop_s/markacc_s/markacc_s.htm

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