sábado, 19 de noviembre de 2022

ENTREGA FINAL TEMA: SUBVENCIONES A LA PESCA- maria camila peralta

 

El Acuerdo sobre subvenciones a la pesca y los mecanismos de implementación en Colombia

 

La pesca excesiva se ha convertido en una amenaza para la biodiversidad marina en todos los países del mundo. El actual contexto de crisis global ha provocado que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) se centre en aclarar y mejorar las disciplinas respecto al sector pesquero y analice los cambios que se deben establecer para mitigar los efectos ambientales que se han venido generando principalmente en los últimos años. Es así, como ha cobrado importancia para los gobiernos implementar medidas de prevención de la mano de las subvenciones pesqueras para reducir la intensidad pesquera y poner ciertos límites de los cuales se discutirá más adelante. “A diferencia del Código de Subvenciones de la Ronda de Tokio, el Acuerdo SMC de la OMC contiene una definición del término “subvención” La definición incluye tres elementos básicos: i) una contribución financiera, ii) de un gobierno o de cualquier organismo público en el territorio de un Miembro y iii) que otorgue un beneficio. Para que exista subvención, deben reunirse los tres elementos.[1]

 

 En primer lugar, se entiende por subvenciones pesqueras “aquellas acciones o inacciones gubernamentales que son especificas para la industria pesquera y que modifican, aumentando o disminuyendo, los beneficios potenciales de la industria a plazos corto, medio o largo.”[2]. Es decir, una subvención puede ser entendida como aquellos programas gubernamentales donde se aplican políticas para evitar el agotamiento de recursos, la pesca indiscriminada y en general el desequilibro de los ecosistemas. El acuerdo de subvenciones y medidas compensatorias trata dos distintas cuestiones que se relacionan entre ellas: las disciplinas multilaterales que rigen la concesión de subvenciones y la aplicación de medidas compensatorias para neutralizar el daño causado por las importaciones subvencionadas. La Parte V del Acuerdo SMC establece ciertas prescripciones sustantivas que se deben cumplir para imponer una medida compensatoria, así como prescripciones detalladas de procedimiento con respecto a la investigación en materia de medidas compensatorias y la imposición y mantenimiento de dichas medidas. Teniendo el concepto de subvención claro, es importante hablar del Acuerdo sobre subvenciones a la pesca en la duodécima conferencia ministerial (CM12). En ese sentido, este articulo busca indagar como se desarrolló este Acuerdo, iniciando por: i) sus antecedentes; ii) sus propósitos, iii) sus obligaciones, iv) su estructura, y, v) su implementación en Colombia.

El Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca de la OMC, adoptado en la Duodécima Conferencia Ministerial (CM12) el 17 de junio de 2022, representa un avance crucial para la sostenibilidad de los recursos pesqueros a corto, mediano y largo plazo. Según la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Maria Ximena Lombana Villalba “El Acuerdo negociado crea un nuevo conjunto de reglas globales, una nueva arquitectura y un foro de discusión multilateral, brinda mayor transparencia sobre el uso de subsidios y abre la puerta a una mayor cooperación global en el uso sostenible de los recursos marinos”. El Acuerdo plantea eliminar las subvenciones perjudiciales que son un factor clave en el agotamiento de poblaciones de peces en el mundo; una medida que logro manejar los recursos pesqueros y del mismo modo garantizar seguridad alimentaria mundial y los modos de vida de las comunidades costeras.[3] Este Acuerdo estableció la creación de un marco global que reduzca los subsidios de la pesca ilegal no declarada y no regulada, los subsidios a la pesca de poblaciones sobreexplotadas; y los subsidios a los buques que pescan en alta mar no regulada. Como se menciono anteriormente, los gobiernos venían desarrollando acciones gubernamentales luego de 20 años de negociaciones.

 

Tantos años de negociación son producto de las subvenciones, ya que estas interferían en el mercado internacional proporcionando una ventaja al sector pesquero y de esta forma distorsionando las relaciones competitivas entre los países.  Desde el Programa de Doha para el Desarrollo en 2001[4], la OMC ha tenido como objeto dar cumplimiento a la meta 14.6 de los Objetivos de Desarrollos Sostenible[5].

 

Aunque las negociaciones acerca de los subsidios iniciaron en el 2001, no fue hasta la Conferencia Ministerial de la OMC de 2017 que los países empezaron a tomar acciones gubernamentales que no afectaban el comercio, pero alteraban las estrategias de producción. Pero, ahí es donde se presenta el reto del Acuerdo, porque lo que buscaban los gobiernos era promover sostenibilidad del recurso respetando al mismo tiempo las preocupaciones de política pesquera de los países Miembros de la OMC. En noviembre de 2019 el Embajador Santiago Wills fue nombrado como embajador de Colombia, para perseguir las negociaciones. En marzo de 2020, se había logrado avanzar en textos escritos y reuniones presenciales, sin embargo, estas fueron suspendidas debido a la pandemia. No obstante, las negociaciones fueron retomadas y desde mayo de 2021 hasta noviembre de 2021, se presentaron distintos proyectos de texto de negociación.

 

Fue así como mediante este Acuerdo multilateral y vinculante se cumplió la primera meta de los ODS (objetivos y metas del desarrollo sostenible) que buscaba mejorar la conservación y el uso sostenible de los recursos oceánicos a través del derecho internacional; y en términos generarles proteger de forma sostenible los ecosistemas marinos y costeros de la contaminación terrestre. Los ODS son el plan maestro para conseguir un futuro sostenible para todos. Se interrelacionan entre sí e incorporan los desafíos globales a los que nos enfrentamos día a día, como la pobreza, la desigualdad, el clima, la degradación ambiental, la prosperidad, la paz y la justicia.

 

Teniendo en cuenta los antecedentes y los propósitos mencionados, es importante hacer un análisis de la estructura del Acuerdo. Este Acuerdo inicia mencionando su alcance, el cual se aplica a las subvenciones del artículo 1.1 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, que sean especificadas en el artículo 2 de dicho Acuerdo. [6] Luego, empieza a hacer mención sobre aquellas obligaciones que se deben cumplir en torno a que “Ningún miembro concederá ni mantendrá ninguna subvención a un buque o a un operador que practique al pesca ilegal, no declarada y no reglamentada o actividades relacionadas con la pesca”[7]. También, realiza una prohibición en cuanto a que ningún miembro concederá ni mantendrá subvenciones a la pesca o las actividades relacionadas con la pesca respecto de una población sobreexplotada.

 

Por otro lado, el Acuerdo tiene un segmento que señala unas disposiciones específicas para cada miembro, donde tiene como obligación ejercer la debida moderación al plantear casos en que intervenga in miembro y las soluciones que se estudien tendrán en cuanto la situación específica de cada miembro. Asimismo, se realizan las disposiciones institucionales donde cada comité deberá desempeñar las funciones atribuidas en virtud del Acuerdo. También se entabla el ámbito a aplicar en cuanto a solución de diferencias, donde se señala la aplicación de las disposiciones. Por último, se mencionan las disposiciones finales y como estas deben ser aplicadas conforme a la jurisdicción, los derechos y las obligaciones de los miembros. En caso de que no se adopten las disciplinas completas en el plazo de 4 años, el presente Acuerdo se dará por terminado inmediatamente.

 

En síntesis, es claro que el Acuerdo enmarca las obligaciones de los miembros en la notificación y transparencia con el fin de mejorar las notificaciones de las subvenciones y permitir que haya una vigilancia eficaz. De conformidad con el Acuerdo SMC, los Miembros de la OMC están obligados a presentar notificaciones de toda subvención que otorguen que sea “específica”, es decir, una subvención concedida a una determinada empresa o rama de producción o a un grupo de empresas o ramas de producción. Esta obligación tiene como objeto aportar nuevos datos para evaluar la naturaleza y las consecuencias de las subvenciones.

 

Siguiendo esta lógica, los 164 miembros de la OMC llegaron aun Acuerdo con la sostenibilidad medioambiental como foco principal, pero hay que profundizar en el cumplimiento de este Acuerdo y como este puede ser implementado. Este tratado creo una norma internacional donde obliga a los gobiernos a hacer públicos los detalles de las subvenciones concedidas a sus flotas y operadoras pesqueros. La propuesta, en principio, implica que las notificaciones se hagan al día para que haya una base solida de las subvenciones y se pueda realizar un análisis. Sin embargo, al final del día, esto puede generar incumplimiento de las obligaciones de los miembros generando fallas estructurales.

 

Es claro que el Acuerdo fue una contribución fundamental para la gobernanza marina, pero no se puede dejar atrás que sigue siendo una situación bastante preocupante en materia, ambiental, social, cultural y económica. En definitiva, el Acuerdo planteo como objetivos reducir los subsidios a las grandes flotas pesqueras industriales que explotan sin regulación los recursos en jurisdicciones marinas no reguladas. Pero, Fermin Koop (2022) indico que hay varios temas que fueron aplazados debido a lo difícil que fue llegar a un Acuerdo. Negociaciones sobre el objetivo de eliminar las subvenciones que contribuyen a la sobrepesca y el exceso de capacidad, la capacidad de una flota para capturar más pescado de que es sostenible.

 

Teniendo en cuenta, que hubo varios temas excluidos de la negociación, es importante mencionar los beneficios que el Acuerdo ha generado. En primer lugar, desde el punto de vista económico, los gobiernos gastan aproximadamente 35.000 millones de dólares al año en subvenciones a la pesca, de los cuales 22.000 millones se destinan a subvenciones perjudiciales.[8] Eso quiere decir, que desde que iniciaron las negociaciones se han gastado aproximadamente 400.000 millones de dólares en subvenciones pesqueras perjudiciales; lo cual, es una cantidad absurda de dinero gastada únicamente en pesqueras perjudiciales.

Por otro lado, en cuanto a los beneficios para los países subdesarrollados, estos quedan exentos durante dos años de la prohibición de las subvenciones a la pesca. El Acuerdo SMC reconoce tres categorías de países en desarrollo; Miembros: Miembros menos adelantados, los Miembros con un PNB per capita inferior a 1.000 dólares EE.UU. anuales, que figuran en el Anexo VII del Acuerdo SMC, y los demás países en desarrollo. 

 

Ahora, para que el Acuerdo entre en vigor, y sea implementado en Colombia, hay que recordar el principal objetivo, alcanzar una disminución significativa de los subsidios perjudiciales a la pesca en altamar y aguas fuera de la jurisdicción de los países. Pero, en un marco de gobernabilidad históricamente fragmentado, la gobernanza de la pesca y la acuicultura en Colombia no termina siendo responsabilidad de una sola entidad sino de varias autoridades ambientales y agrícolas. Estas autoridades ambientales y agrícolas son las encargadas de cumplir con las normas y obligaciones establecidas en el Acuerdo, pero se deben cumplir de forma transparente, donde se transmita seguridad a los pescadores. En otras palabras, en un país como Colombia, tenemos que comprender a la población como un todo, involucrando a los pescadores para que trabajen de la mano de las autoridades. Los planes de gestión deben estar guiados para obtener beneficios ambientales, pero también beneficios sociales, culturales y económicos.

 

Así las cosas, para que haya una debida aplicación de las normas, debe haber instituciones encargadas únicamente en el monitoreo y vigilancia, que se encarguen de profundizar en un sistema de denunciar sobre actividades de pesca ilegal. También, que se refuercen las entidades de monitoreo y ejecución de la pesca ilegal y las actividades ilícitas mediante capacitaciones. Asimismo, que haya más programas de inspección de pesca para supervisar y controlar las actividades pesqueras. Por último, promover el crecimiento de la pesca y acuicultura, centrando la inversión del estado definiendo como prioridades la productividad y la competitividad.

 

En conclusión, Colombia debe luchar para perseguir las negociaciones establecidas y del mismo modo implementar políticas internas de gobernanza y estrategias de gestión. De esta forma podrá adaptarse a las normas y obligaciones estipuladas en el Acuerdo y reconstruir el sistema quebrantado, aprovechando los recursos naturales y generando un crecimiento sostenible.

 

 

 

Bibliografía:  

OMC (2022). Acuerdo sobre Subvenciones a la pesca. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/rulesneg_s/fish_s/fish_s.htm

 

OMC (2022). Acuerdo sobre Subvenciones a la pesca. Decision ministerial del 17 de junio de 2022. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/SS/directdoc.aspx?filename=s:/WT/MIN22/33.pdf&Open=True

 

MINCIT (2022). Termina Ministerial de OMC con Acuerdo que elimina los subsidios a la pesca ilegal, negociación liderada por Colombia. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.mincit.gov.co/prensa/noticias/comercio/ministerial-omc-elimina-subsidios-a-pesca-ilegal

 

AIDA (2022). AIDA celebra Acuerdo en la OMC para frenar subsidios nocivos a la pesca. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://aida-americas.org/es/prensa/aida-celebra-Acuerdo-en-la-omc-para-frenar-subsidios-nocivos-la-pesca

 

F, Koop (2022). La OMC llega a un Acuerdo histórico para acabar con las subvenciones a la pesca. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://dialogochino.net/es/comercio-y-inversiones-es/55443-la-omc-establece-un-Acuerdo-historico-para-acabar-con-las-subvenciones-a-la-pesca/

 

OMC (2022). Los miembros expresan su satisfacción por los progresos realizados en la notificación de las subvenciones a la pesca. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.wto.org/spanish/news_s/news19_s/scm_19nov19_s.htm

 

FACES (2008). La OMC y las subvenciones pesqueras. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: http://nulan.mdp.edu.ar/1282/1/FACES_n30-31_117-130.pdf

 

OMC (2022). La conclusión del Acuerdo sobre la pesca genera un impulso positivo en la OMC. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.wto.org/spanish/news_s/news22_s/ddgae_28jul22_s.htm

 

PNUD (s.f). Objetivos del desarrollo sostenible. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.undp.org/es/sustainable-development-goals#vida-submarina

 

OCDE (2016). Pesca y acuicultura en Colombia. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.oecd.org/colombia/Fisheries_Colombia_SPA_rev.pdf

 

OMC (s.f)  Subvenciones y medidas compensatorias: explicación. Recuperado el 19 de noviembre  de 2022 de Sitio web: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/scm_s/subs_s.htm

 

 

 

 

 

 

 

 

 



[1] OMC. Explicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (“Acuerdo SMC”)

 

[2] FAO( 2003C)

[3] Ministerio de Comercia, Industria y Turismo (16 de junio de 2022). [Maria Ximana Lombana Villalba]

[4] OMC, 2002. El mandato de Doha en lo relativo a la consideración de las subvenciones a la pesca: cuestiones que se plantean. Comunicación de Australia, Chile, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Islandia, Nueva Zelandia y Perú. Grupo de Negociación sobre las Normas. TN/RL/W/3

[5] ODS. Objetivo 14: Vida submarina

[6] Acuerdo sobre Subvenciones a la pesca. (Decisión ministerial de 17 de junio de 2022).

[7] Acuerdo sobre Subvenciones a la pesca. (Decisión ministerial de 17 de junio de 2022).

[8] Estimaciones y análisis actualizados de las subvenciones mundiales a la pesca: https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0308597X19303677?via%3Dihub

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