El Acuerdo sobre subvenciones a la
pesca y los mecanismos de implementación en Colombia
La pesca excesiva se ha convertido
en una amenaza para la biodiversidad marina en todos los países del mundo. El
actual contexto de crisis global ha provocado que la Organización de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) se centre en
aclarar y mejorar las disciplinas respecto al sector pesquero y analice los
cambios que se deben establecer para mitigar los efectos ambientales que se han
venido generando principalmente en los últimos años. Es así, como ha cobrado
importancia para los gobiernos implementar medidas de prevención de la mano de
las subvenciones pesqueras para reducir la intensidad pesquera y poner ciertos límites
de los cuales se discutirá más adelante. “A diferencia del Código de Subvenciones de la Ronda de Tokio, el Acuerdo
SMC de la OMC contiene una definición del término “subvención” La definición
incluye tres elementos básicos: i) una contribución financiera, ii) de un
gobierno o de cualquier organismo público en el territorio de un Miembro y iii)
que otorgue un beneficio. Para que exista subvención, deben reunirse los tres
elementos.”[1]
En primer lugar, se entiende por subvenciones
pesqueras “aquellas acciones o inacciones gubernamentales que son especificas
para la industria pesquera y que modifican, aumentando o disminuyendo, los
beneficios potenciales de la industria a plazos corto, medio o largo.”[2].
Es decir, una subvención puede ser entendida como aquellos programas
gubernamentales donde se aplican políticas para evitar el agotamiento de
recursos, la pesca indiscriminada y en general el desequilibro de los
ecosistemas. El acuerdo de subvenciones y medidas compensatorias trata dos
distintas cuestiones que se relacionan entre ellas: las disciplinas multilaterales
que rigen la concesión de subvenciones y la aplicación de medidas
compensatorias para neutralizar el daño causado por las importaciones
subvencionadas. La Parte V del Acuerdo SMC establece ciertas
prescripciones sustantivas que se deben cumplir para imponer una medida
compensatoria, así como prescripciones detalladas de procedimiento con respecto
a la investigación en materia de medidas compensatorias y la imposición y
mantenimiento de dichas medidas. Teniendo el concepto de subvención
claro, es importante hablar del Acuerdo sobre subvenciones a la pesca en la duodécima
conferencia ministerial (CM12). En ese sentido, este articulo busca indagar
como se desarrolló este Acuerdo, iniciando por: i) sus antecedentes; ii) sus
propósitos, iii) sus obligaciones, iv) su estructura, y, v) su implementación
en Colombia.
El Acuerdo sobre Subvenciones a la
Pesca de la OMC, adoptado en la Duodécima Conferencia Ministerial (CM12) el 17
de junio de 2022, representa un avance crucial para la sostenibilidad de los
recursos pesqueros a corto, mediano y largo plazo. Según la ministra de Comercio,
Industria y Turismo, Maria Ximena Lombana Villalba “El Acuerdo negociado crea
un nuevo conjunto de reglas globales, una nueva arquitectura y un foro de
discusión multilateral, brinda mayor transparencia sobre el uso de subsidios y
abre la puerta a una mayor cooperación global en el uso sostenible de los
recursos marinos”. El Acuerdo plantea eliminar las subvenciones perjudiciales
que son un factor clave en el agotamiento de poblaciones de peces en el mundo;
una medida que logro manejar los recursos pesqueros y del mismo modo garantizar
seguridad alimentaria mundial y los modos de vida de las comunidades costeras.[3]
Este Acuerdo estableció la creación de un marco global que reduzca los subsidios
de la pesca ilegal no declarada y no regulada, los subsidios a la pesca de
poblaciones sobreexplotadas; y los subsidios a los buques que pescan en alta
mar no regulada. Como se menciono anteriormente, los gobiernos venían
desarrollando acciones gubernamentales luego de 20 años de negociaciones.
Tantos años de negociación son
producto de las subvenciones, ya que estas interferían en el mercado
internacional proporcionando una ventaja al sector pesquero y de esta forma
distorsionando las relaciones competitivas entre los países. Desde el Programa de Doha para el Desarrollo
en 2001[4],
la OMC ha tenido como objeto dar cumplimiento a la meta 14.6 de los Objetivos
de Desarrollos Sostenible[5].
Aunque las negociaciones acerca de
los subsidios iniciaron en el 2001, no fue hasta la Conferencia Ministerial de
la OMC de 2017 que los países empezaron a tomar acciones gubernamentales que no
afectaban el comercio, pero alteraban las estrategias de producción. Pero, ahí
es donde se presenta el reto del Acuerdo, porque lo que buscaban los gobiernos
era promover sostenibilidad del recurso respetando al mismo tiempo las
preocupaciones de política pesquera de los países Miembros de la OMC. En
noviembre de 2019 el Embajador Santiago Wills fue nombrado como embajador de
Colombia, para perseguir las negociaciones. En marzo de 2020, se había logrado
avanzar en textos escritos y reuniones presenciales, sin embargo, estas fueron
suspendidas debido a la pandemia. No obstante, las negociaciones fueron
retomadas y desde mayo de 2021 hasta noviembre de 2021, se presentaron distintos
proyectos de texto de negociación.
Fue así como mediante este Acuerdo
multilateral y vinculante se cumplió la primera meta de los ODS (objetivos y
metas del desarrollo sostenible) que buscaba mejorar la conservación y el uso
sostenible de los recursos oceánicos a través del derecho internacional; y en términos
generarles proteger de forma sostenible los ecosistemas marinos y costeros de
la contaminación terrestre. Los ODS son el plan maestro para conseguir un
futuro sostenible para todos. Se interrelacionan entre sí e incorporan los
desafíos globales a los que nos enfrentamos día a día, como la pobreza, la
desigualdad, el clima, la degradación ambiental, la prosperidad, la paz y la
justicia.
Teniendo en cuenta los antecedentes
y los propósitos mencionados, es importante hacer un análisis de la estructura
del Acuerdo. Este Acuerdo inicia mencionando su alcance, el cual se aplica a
las subvenciones del artículo 1.1 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas
Compensatorias, que sean especificadas en el artículo 2 de dicho Acuerdo. [6]
Luego, empieza a hacer mención sobre aquellas obligaciones que se deben cumplir
en torno a que “Ningún miembro concederá ni mantendrá ninguna subvención a un
buque o a un operador que practique al pesca ilegal, no declarada y no
reglamentada o actividades relacionadas con la pesca”[7].
También, realiza una prohibición en cuanto a que ningún miembro concederá ni
mantendrá subvenciones a la pesca o las actividades relacionadas con la pesca
respecto de una población sobreexplotada.
Por otro lado, el Acuerdo tiene un
segmento que señala unas disposiciones específicas para cada miembro, donde
tiene como obligación ejercer la debida moderación al plantear casos en que
intervenga in miembro y las soluciones que se estudien tendrán en cuanto la
situación específica de cada miembro. Asimismo, se realizan las disposiciones institucionales
donde cada comité deberá desempeñar las funciones atribuidas en virtud del Acuerdo.
También se entabla el ámbito a aplicar en cuanto a solución de diferencias,
donde se señala la aplicación de las disposiciones. Por último, se mencionan
las disposiciones finales y como estas deben ser aplicadas conforme a la
jurisdicción, los derechos y las obligaciones de los miembros. En caso de que
no se adopten las disciplinas completas en el plazo de 4 años, el presente Acuerdo
se dará por terminado inmediatamente.
En síntesis, es claro que el Acuerdo
enmarca las obligaciones de los miembros en la notificación y transparencia con
el fin de mejorar las notificaciones de las subvenciones y permitir que haya
una vigilancia eficaz. De conformidad con el Acuerdo SMC, los Miembros de la OMC
están obligados a presentar notificaciones de toda subvención que otorguen que
sea “específica”, es decir, una subvención concedida a una determinada empresa
o rama de producción o a un grupo de empresas o ramas de producción. Esta obligación
tiene como objeto aportar nuevos datos para evaluar la naturaleza y las
consecuencias de las subvenciones.
Siguiendo esta lógica, los 164 miembros de la OMC llegaron
aun Acuerdo con la sostenibilidad medioambiental como foco principal, pero hay
que profundizar en el cumplimiento de este Acuerdo y como este puede ser
implementado. Este tratado creo una norma internacional donde obliga a los
gobiernos a hacer públicos los detalles de las subvenciones concedidas a sus
flotas y operadoras pesqueros. La propuesta, en principio, implica que las
notificaciones se hagan al día para que haya una base solida de las
subvenciones y se pueda realizar un análisis. Sin embargo, al final del día,
esto puede generar incumplimiento de las obligaciones de los miembros generando
fallas estructurales.
Es claro que el Acuerdo fue una contribución fundamental para
la gobernanza marina, pero no se puede dejar atrás que sigue siendo una
situación bastante preocupante en materia, ambiental, social, cultural y económica.
En definitiva, el Acuerdo planteo como objetivos reducir los subsidios a las
grandes flotas pesqueras industriales que explotan sin regulación los recursos
en jurisdicciones marinas no reguladas. Pero, Fermin Koop (2022) indico que hay
varios temas que fueron aplazados debido a lo difícil que fue llegar a un Acuerdo.
Negociaciones sobre el objetivo de eliminar las subvenciones que contribuyen a
la sobrepesca y el exceso de capacidad, la capacidad de una flota para capturar
más pescado de que es sostenible.
Teniendo en cuenta, que hubo varios temas excluidos de la
negociación, es importante mencionar los beneficios que el Acuerdo ha generado.
En primer lugar, desde el punto de vista económico, los gobiernos gastan
aproximadamente 35.000 millones de dólares al año en subvenciones a la pesca,
de los cuales 22.000 millones se destinan a subvenciones perjudiciales.[8] Eso quiere decir, que
desde que iniciaron las negociaciones se han gastado aproximadamente 400.000
millones de dólares en subvenciones pesqueras perjudiciales; lo cual, es una
cantidad absurda de dinero gastada únicamente en pesqueras perjudiciales.
Por otro lado, en cuanto a los beneficios para los países
subdesarrollados, estos quedan exentos durante dos años de la prohibición de
las subvenciones a la pesca. El Acuerdo SMC reconoce tres categorías de países
en desarrollo; Miembros: Miembros menos adelantados, los Miembros con un PNB
per capita inferior a 1.000 dólares EE.UU. anuales, que figuran en el Anexo VII
del Acuerdo SMC, y los demás países en desarrollo.
Ahora, para que el Acuerdo entre en vigor, y sea implementado
en Colombia, hay que recordar el principal objetivo, alcanzar una disminución
significativa de los subsidios perjudiciales a la pesca en altamar y aguas
fuera de la jurisdicción de los países. Pero, en un marco de gobernabilidad
históricamente fragmentado, la gobernanza de la pesca y la acuicultura en Colombia
no termina siendo responsabilidad de una sola entidad sino de varias
autoridades ambientales y agrícolas. Estas autoridades ambientales y agrícolas
son las encargadas de cumplir con las normas y obligaciones establecidas en el Acuerdo,
pero se deben cumplir de forma transparente, donde se transmita seguridad a los
pescadores. En otras palabras, en un país como Colombia, tenemos que comprender
a la población como un todo, involucrando a los pescadores para que trabajen de
la mano de las autoridades. Los planes de gestión deben estar guiados para
obtener beneficios ambientales, pero también beneficios sociales, culturales y
económicos.
Así las cosas, para que haya una debida aplicación de las
normas, debe haber instituciones encargadas únicamente en el monitoreo y
vigilancia, que se encarguen de profundizar en un sistema de denunciar sobre
actividades de pesca ilegal. También, que se refuercen las entidades de
monitoreo y ejecución de la pesca ilegal y las actividades ilícitas mediante capacitaciones.
Asimismo, que haya más programas de inspección de pesca para supervisar y
controlar las actividades pesqueras. Por último, promover el crecimiento de la
pesca y acuicultura, centrando la inversión del estado definiendo como
prioridades la productividad y la competitividad.
En conclusión, Colombia debe luchar para perseguir las
negociaciones establecidas y del mismo modo implementar políticas internas de
gobernanza y estrategias de gestión. De esta forma podrá adaptarse a las normas
y obligaciones estipuladas en el Acuerdo y reconstruir el sistema quebrantado, aprovechando
los recursos naturales y generando un crecimiento sostenible.
Bibliografía:
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Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/rulesneg_s/fish_s/fish_s.htm
OMC (2022). Acuerdo sobre Subvenciones a la pesca.
Decision ministerial del 17 de junio de 2022. Recuperado el 9 de septiembre de
2022 de Sitio web: https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/SS/directdoc.aspx?filename=s:/WT/MIN22/33.pdf&Open=True
MINCIT (2022). Termina Ministerial de OMC con Acuerdo
que elimina los subsidios a la pesca ilegal, negociación liderada por Colombia.
Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.mincit.gov.co/prensa/noticias/comercio/ministerial-omc-elimina-subsidios-a-pesca-ilegal
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frenar subsidios nocivos a la pesca. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de
Sitio web: https://aida-americas.org/es/prensa/aida-celebra-Acuerdo-en-la-omc-para-frenar-subsidios-nocivos-la-pesca
F, Koop (2022). La OMC llega a un Acuerdo histórico para
acabar con las subvenciones a la pesca. Recuperado el 9 de septiembre de
2022 de Sitio
web: https://dialogochino.net/es/comercio-y-inversiones-es/55443-la-omc-establece-un-Acuerdo-historico-para-acabar-con-las-subvenciones-a-la-pesca/
OMC (2022). Los miembros expresan su satisfacción por
los progresos realizados en la notificación de las subvenciones a la pesca.
Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.wto.org/spanish/news_s/news19_s/scm_19nov19_s.htm
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Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: http://nulan.mdp.edu.ar/1282/1/FACES_n30-31_117-130.pdf
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genera un impulso positivo en la OMC. Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de
Sitio web: https://www.wto.org/spanish/news_s/news22_s/ddgae_28jul22_s.htm
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Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.undp.org/es/sustainable-development-goals#vida-submarina
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Recuperado el 9 de septiembre de 2022 de Sitio web: https://www.oecd.org/colombia/Fisheries_Colombia_SPA_rev.pdf
OMC (s.f) Subvenciones
y medidas compensatorias: explicación. Recuperado el 19 de noviembre de 2022 de Sitio web: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/scm_s/subs_s.htm
[1] OMC.
Explicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (“Acuerdo
SMC”)
[2]
FAO( 2003C)
[3] Ministerio de Comercia, Industria y Turismo (16 de
junio de 2022). [Maria Ximana Lombana Villalba]
[4] OMC, 2002. El mandato de Doha en
lo relativo a la consideración de las subvenciones a la pesca: cuestiones que
se plantean. Comunicación de Australia, Chile, Ecuador, Estados Unidos,
Filipinas, Islandia, Nueva Zelandia y Perú. Grupo de Negociación sobre las
Normas. TN/RL/W/3
[5] ODS. Objetivo 14: Vida submarina
[6] Acuerdo sobre Subvenciones a la
pesca. (Decisión ministerial de 17 de junio de 2022).
[7] Acuerdo sobre Subvenciones a la
pesca. (Decisión ministerial de 17 de junio de 2022).
[8] Estimaciones
y análisis actualizados de las subvenciones mundiales a la pesca: https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0308597X19303677?via%3Dihub
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