Buenas tardes doctores, adjunto link donde se encuentra el archivo en pdf de mi ensayo:
https://drive.google.com/drive/u/0/folders/1fVORt5flGm5vjHFBJVdWPkiVsWiwUtk3
No obstante, procedo a adjuntarlo de igual forma en este documento por si hay inconvenientes.
¿Justicia económica
o herramienta política?
Cuando se habla de los diferentes mecanismos
implementados o que se planean poner en funcionamiento
en todas partes del mundo para combatir la contaminación y preservar el medio ambiente surgen múltiples dudas,
preguntas y escepticismos en todas las áreas, el ámbito económico no se queda atrás. Quizás, podemos determinar
que dichas estrategias y herramientas medio ambientales inciden
o repercuten tanto
positiva como negativamente en múltiples
aspectos, no obstante, consideramos que tal vez el mas afectado directamente puede ser el medio económico y como
internacionalmente esto puede golpear a ciertos sectores mas que a otros.
El tema a tratar en este escrito se dedica a un estudio
juicioso sobre lo que se conoce como CBAM
por sus siglas en ingles, que realmente significan “Carbon Border Adjustment Mechanism”, y traducido al español como
“Mecanismos de ajuste de fronteras ambientales”.
Estos mecanismos ambientales mencionados hacen parte de la propuesta “Green
Deal” y establecen unas herramientas o métodos que desea aplicar
la Unión Europea
para gravar en las fronteras de la comunidad los productos
cuya fabricación genere mas CO2
del permitido para asi lograr los objetivos propuestos de disminuir las
emisiones de gases de efecto invernadero en un 55% para el año 2030 y lograr
una neutralidad climática. Esto lo que busca es mitigar el riesgo de la fuga de carbón, la cual surge cuando
se produce un aumento de las emisiones en un país como resultado de la disminución
de estos gases invernadero en otro y esto normalmente se da por las estrictas
regulaciones de algunas naciones con respecto a otras con políticas mas laxas
en asuntos ambientales pues en estas ultimas sale mas económico operar por la
considerable disminución de restricciones o limitaciones. Al disminuir el
riesgo anterior, se garantiza la eficiencia económica y la integridad
medioambiental.
No obstante, podemos también determinar que no solamente
se debe catalogar dicho mecanismo
como una herramienta ambiental pues realmente todas estas decisiones tienen mucha incidencia
en las relaciones internacionales y como también esto puede servirse de herramienta política para la
Unión Europea ampliar su supremacía en dichos temas.
El primer problema de fondo que podemos empezar a
demarcar, toca varios puntos; el primero
de ellos tiene que ver con el efecto que causara a países exportadores de productos con altos índices de carbono y como puedo
afectarlos económicamente, así como también a
países de ingresos pequeños y medianos que tendrían mas dificultades
para descarbonizarse.
Ahora bien, el segundo problema trascendental que abordaremos es si la medida de ajuste de frontera en materia de carbón
planteada por la UE es consistente con los acuerdos multilaterales de la OMC o
si por el contrario, los pasa por
alto.
Comenzaremos con
el primer problema identificado el cual es que los países
que carecen de un mecanismo de tasas o derechos de emisiones miran con recelo
el Mecanismo de Ajuste en Frontera de
las emisiones de CO2. Se dice que dos de los países que se vería mas afectado
seria Turquía y Rusia. Asimismo,
surge la duda de ¿y que hacer de tener países con ya regulaciones al respecto como es
el caso de Reino Unido, se debe vincular
o no?.
Lo cierto es que el mecanismo de ajuste de las emisiones
de carbono en las fronteras de la Unión Europea, podría cambiar los patrones
de comercio a favor de los
países en los que la producción
es relativamente eficiente en cuanto a las emisiones de carbono, pero tendrá efectos limitados en mitigar el cambio climático y
también generara una incertidumbre por no decir
detrimento comercial en los
países en desarrollo, estos pagarían
el precio alto.
Por su parte, los países desarrollados, no padecerán
perdidas en sus exportaciones, ya que muchos ya emplean métodos
de producción menos intensivos en carbono en comparación con muchas naciones
en vía de desarrollo.
Así como se estableció en el informe desplegado por la conferencia
de las Naciones Unidas sobre comercio y Desarrollo donde se afirmó que el CBAM generaría
una brecha entre los países en desarrollo y los desarrollados, donde los últimos
tendrían una ventaja o un beneficio superior.[1]
Ahora bien, adentrándonos un poco a la perspectiva
internacional expresada, podemos hacer
referencia a ciertos puntos de vista importantes que se dieron en el debate
presentado en
“The External Effects of the EU’s CBAM,
Event 3 in The Global Annual Energy Meeting 10th edition” coordinado por EsadeGeo, la representación de
la comisión Europea y EIT InnoEnergy. [2]
En primer lugar, se toma la palabra Peter Chase para
explicar un poco la posición de Estados
Unidos frente a este tema. El anteriormente mencionado, comienza haciendo
hincapié en la ambición y falta de
paciencia por parte de la Unión Europea frente a estos temas ya que afirma que
“ Los avances logrados en 20 años con
respecto al tema medioambiental lo quieren ahora realizar en 10 años y esto puede resultar muy
difícil”[3] pues
hacer todo esto de una forma tan
abrupta va a desencadenar problemas económicos y grandes cambios estructurales en la economía Europea y en
su mayoría, mundial. Asimismo, comparte nuestro
punto de vista con referencia a que el CBAM es de alguna manera además de un instrumento sobre el cambio climático también un instrumento político. Por otro lado, al hablar
de las preocupaciones comerciales no
deja de mencionar que también
preocupa y tiene
trascendencia en Estados Unidos, sin embargo, sus efectos no serán tan
importantes.
Pasando ahora a un país controversial mencionado
anteriormente como presuntamente uno de
los mas afectados, Igor Makarov hablara sobre la perspectiva rusa. En primer
lugar, se deja claro que esta es
una creencia infundada pues el CBAM no tendrá un efecto económico o comercial tan fuerte en Rusia y según los estudios
ya realizados, no parece muy peligrosos para los exportadores rusos.
“La perdida es alrededor de 7% para el 2035 por lo que no
se verían tan perjudicados pues es
una cifra pequeña, además dichas exportaciones se verían compensadas con el
aumento de las exportaciones a
otras jurisdicciones por lo que hay oportunidad de redistribución de los flujos comerciales”, afirma Igor. [4]
Sin embargo, si establece y deja claro que estos
mecanismos crean un punto mas de confrontación
entre Rusia y la Unión Europea, dicha relación ya viene tensa hace tiempo por lo que esto solamente las empeoraría.
El CBAM será en realidad otro factor de este
deterioro. Asimismo, alega que mucha gente estudiosa en el tema en su
país cree que esto fue creado contra
Rusia o como una forma de proteccionismo de las empresas europeas, por tanto no refleja cooperación, lo que el
cree un error pues en particular es creyente que en estos temas con respecto
al cambio climático podrían cooperar y coincidir en mas de un punto.
Ahora bien, en cuanto a los países en desarrollo,
Isabelle Durant, Secretaria General interina
de la UNCTAD afirma que de acuerdo con el informe elaborado por esta organización, que se menciono
anteriormente las exportaciones dichos paises desarrollados se podrán reducir
considerablemente.[5]
La Unión Europea reafirma que esto es simplemente una
medida para mitigar a grandes rasgos
el cambio climático y no un arancel pero recordemos lo que es un arancel. Los aranceles
son los derechos de aduana aplicados a las importaciones de mercancías. Teniendo en
cuenta esto, podemos establecer que aunque en teoría lleve por nombre algo distinto, en la practica lo es pues el
CBAM consiste en que en el futuro, los grandes
contaminadores de Europa deberán pagar precios más altos por el CO2 que
emiten en los productos que
comercializan y exportan. Un impuesto sobre el CO2 afectaría especialmente a los productos importados de industrias que generan la mayor
cantidad de emisiones, como el acero, el cemento, el aluminio, los fertilizantes y la energía.[6]
Los países más afectados por el CBAM serían aquellos
países que recientemente empezaron a
incursionar en el mundo del comercio y no están preparados ni tienen los medios para descarbonizarse tan
rápidamente o pagar el impuesto consecuencia establecido por lo que no generara fomento en su
desarrollo sino al revés, detrimento.
Continuemos con
la siguiente parte de este
estudio y es el problema de fondo
numero dos, por lo que pasaremos a
analizar si la medida de ajuste de frontera en materia de carbón planteada por la UE es consistente con los
acuerdos multilaterales de la OMC. Aquí empezamos
a adentrarnos un poco a la parte jurídica de esta controversia y la legalidad
de dicho mecanismo según el
derecho comercial internacional.
Para comenzar, existe una
controversia entre dicho mecanismo
y la
OMC pues se alega estar violando uno de los principios mas
importantes en esta materia. Si se llegara a probar que la Unión Europea
esta violando su compromiso con la
OMC, esto podría traer repercusiones
a nivel internacional.
Los argumentos utilizados orbitan en que los países del tercer
mundo,
durante el proceso de legislación de dicha herramienta, han expresados sus opiniones muy fuertemente sobre su
negativa frente a esto. Para empezar muchos miembros argumentan que CBAM es
una violación del principio mas básico de GATT, pues lo consideran como una falta de respeto del principio de la
nación mas favorecida[7]. Asimismo también afirman que es
arbitrario y que no tiene en cuenta los aspectos de los países en desarrollo ni
sus necesidades comerciales.
Vale la pena mencionar y tener en cuenta para el
desarrollo de este escrito, cuales son los principios de la OMC [8]. Los
principios del sistema del comercio son
los siguientes: en primer lugar, “Comercio sin discriminaciones”, es decir, un
estado no debe hacer discriminaciones entre sus contrapartes comerciales ni
tampoco tiene que hacer entre sus propios productos, servicios o personas. Esto
hace parte de lo que conocemos como “Nación más favorecida (NMF) .No obstante, se permiten algunas excepciones
como tratados de libre comercio, los accesos
especiales a países en
vía de desarrollo, entre otros.
En segundo lugar, “Comercio más libre” dicho fundamento hace énfasis en la
disminución de las barreras al comercio es la
forma más efectiva para incentivar el intercambio. Por lo tanto, de manera
gradual y mediante negociaciones se
tratan los impedimentos tales como los aranceles, la prohibición de importaciones, entre otros. En tercer lugar, “Previsibilidad”, para las empresas nacionales y extranjeras es de vital
importancia conocer las condiciones y transparencia de los mercados, puesto que la promesa de aumentar un obstáculo al
comercio o reducirlo puede generar
más claridad de las oportunidades futuras. La OMC busca estabilidad y previsibilidad al entorno comercial. En
cuarto lugar, “Fomento de una competencia leal”, lo que significa que se procura desalentar las prácticas
desleales. Finalmente, “Promoción del desarrollo y la reforma económica”, que
estipula que mediante la aplicación de los acuerdos al sistema y a cada una de las economías, la OMC trabaja por el
bienestar de todos. No obstante, hay
que tener en cuenta que la aplicación no es la misma en países desarrollados que los que están en dicho proceso por lo que prevé ciertos
periodos o asistencias diferentes.
Ahora bien, teniendo lo anterior en mente, pasaremos a
analizar si dicha medida de ajuste de frontera en materia de carbón planteada
por la Unión Europea es consistente con los acuerdos multilaterales de la OMC.
Empezaremos por los principios para determinar si hay o
no falta. Comenzando con el primer principio que estipula o busca un comercio
sin discriminaciones, creo que podemos afirmar y estar de acuerdo que no es muy
respetuoso a dicho postulado pues si lo que busca este imperativa es que haya
un trato igualitario y ninguna nación salga mas favorecida que otra, pues
podríamos encontrar una clara violación con respecto al CBAM pues como hemos
mencionado a lo largo de este estudio, aunque es una herramienta medioambiental
creada en principio por la buena fe de mejorar el planeta o eso alegan, genera
efectos tangenciales en la economía pues como se ha dicho, muchos países no se
encuentran en la misma situación económica o de desarrollo para soportar cargas
arancelarias altas por no poder descarbonizarse con la misma facilidad.
Entonces a nuestro parecer, implica una violación a tal postulado. Ahora,
siguiendo con “Comercio mas libre”, pues aquí tenemos opiniones cruzadas o
compartidas ya que si bien no están haciendo imposible el comercio o creando
una barrera directa en el mundo económico, si indirectamente crean ventajas y
desventajas que a corto plazo pueden hacer que muchos países que recientemente
estaban empezando la carrera en el mundo comercial internacional, se vean
desmotivados y de esta manera, se vuelvan un poco mas proteccionista con estos
temas. En cuanto al tercer principio que busca la previsibilidad, pues así como
el anterior postulado, no creemos que en principio se haya pensado afectar
directamente de esta forma el mensaje pero basta con un estudio cuidadoso de
como puede perjudicar a países diferentes a los de la Unión Europea para prever
que no sea positivo su efecto por lo que demuestra una actitud un poco
individualista y egoísta en ciertos rasgos por la parte de la UE. Finalmente,
no creemos que violen de manera tangencial los últimos dos principios.
Para terminar con esta parte del estudio, queremos
recordar que un conflicto con la OMC así como otros países
en clara contraposición con estos mecanismos pueden ser agotante
y largos, pues difícilmente
las partes quieran entrar a negociar y muy posiblemente, se podrían desarrollar mas bien repercusiones
en el ámbito económico como método de reacción.
Ahora bien, en Colombia no se ha puesto en función ningún
mecanismo similar al CBAM y valga
la pena decir que como otras jurisdicciones tales como la Unión Europea ya haya estipulado mecanismos para mitigar
los efectos del cambio climático no solo
resulta relevante en términos
medioambientales para Colombia,
también tiene un alto impacto
económico.
Por lo anterior, los exportadores colombianos podrían ver
disminuidas sus ventas si no pueden certificarles a los importadores de la Unión Europea una producción eficiente como resultado de un comercio de emisiones de carbono. Por lo que
Colombia debe empezar a poner en
marcha el Programa Nacional de Cupos Transables de Emisión de Gases de Efecto Invernadero cuanto antes, para así
evitar un alto impacto económico negativo para
los exportadores del país.
Por otro lado, Colombia, teniendo en cuenta el acuerdo
comercial celebrado con Canadá, no podría
implementar un mecanismo tal como el CBAM pues dicho acuerdo tiene como objetivo crear un espacio libre de
restricciones en busca del crecimiento y el desarrollo económico continuo de los países signatarios. El Acuerdo está
enmarcado en los principios de trato
nacional, trato de nación más favorecida y transparencia. Por lo que no es compatible al CBAM, pues como se estipulo
anteriormente, este mecanismo no respeta principios
tangenciales de la OMC y de este tratado en particular tal como es el del trato
de nación mas favorecida.
Ya para empezar a concluir este escrito, importa
mencionar que si bien este mecanismo busca
una mejoría medioambiental tendría muchos efectos secundarios desfavorecedores como se ha explicado cuidadosamente, así
como también gravaría las importaciones incluso cuando no haya riesgo de fuga de carbono, lo que a su vez puede
aumentar las emisiones de gases de
efecto invernadero. El CBAM propuesto pretende igualar el campo de juego para la
fijación del precio del carbono, pero difícilmente se ve la justificación para
igualar retroactivamente solo el
precio del carbono mientras se ignoran los costos pagados por los productores para apoyar otras políticas
destinadas a reducir las emisiones de GEI a nivel nacional y los costos de reducir
las emisiones de sus propios productos.
Por otro lado consideramos que podría ayudar a impedir
“la fuga de carbono", pero su impacto en el cambio
climático sería limitado, reduciendo las emisiones mundiales de CO2 de
sólo un 0,1%, mientras que implicaría mayores costes comerciales para los
países en desarrollo. Este mecanismo en nuestra opinión, no compensaría totalmente los efectos negativos producidos por el impuesto sobre el
carbono en la economía de la UE. Asimismo,
no está claro cómo puede apoyar la descarbonización
en los países en desarrollo.
En lo que a nuestro punto
de vista respecta,
estos mecanismos son ambiciones convertidas en
leyes que desencadenaran una guerra comercial totalmente injustificada pues
generan situaciones de desventaja en
la economía lo cual resulta no solo violatorio a principios rectores de la OMC sino tambien injusto a
nivel competitivo. No solo es importante observar
el comercio de un país con la Unión Europea para determinar si causa o no un daño sino tambien la capacidad para
adaptarse a esa política que pueda o no tener ese país pues hay que tener en cuenta su facilidad para cambia sus
patrones comerciales, descarbonizándose y poder verificar sus emisiones.
Por otro lado, si estas naciones implicadas perciben este
impuesto sobre el CO2 como proteccionismo
e introducen contramedidas, no se puede descartar la posibilidad de una controversia fuerte a nivel comercial.
Finalmente, respondiendo a la pregunta que protagoniza el
estudio, ¿Es esto justicia económica? ¿Es esto una herramienta política? Lo que si se tiene claridad es que no estamos frente a solamente una medida
medioambiental desinteresada que busca cuidar y preservar el medio ambiente, sino en una estrategia craneada
para sacar provechos y ventajas adornándolos con un fin utópico que como se menciono anteriormente, tampoco es tan real
y efectivo como lo quieren exhibir.
Bibliografía
https://euroefe.euractiv.es/section/energia/news/el-mecanismo-de-ajuste-de-carbono-en-la- frontera-una-herramienta-de-consecuencias-asimetricas/
https://www.youtube.com/watch?v=QK6HYxk2-bQ
https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=3936881
https://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/wtoagreement_s.pdf
https://www.ccoo.es/c64f0bd0e8c051a877e2195b37a0119f000001.pdf
https://www.ulbrinox.com.mx/blog/que-es-el-mecanismo-de-ajuste-en-frontera-por- carbono#:~:text=Establece%20que%20el%20CBAM%20es,Mundial%20de%20Comercio
https://eugreendeal.news/cbam-el-ajuste-en-frontera-del-co2/?reload=482276
https://www.dw.com/es/ue-nuevo-impuesto-al-co2-podr%C3%ADa-generar-conflicto- internacional/a-60050408
https://unctad.org/es/news/la-ue-deberia-considerar-el-impacto-del-nuevo-mecanismo-de- cambio-climatico-en-el-comercio
https://www.legiscomex.com/Documentos/abc-organismos-multilaterales-omc-principios
https://unctad.org/system/files/official-document/osginf2021d2_en.pdf
https://aduananews.com/un-mecanismo-de-la-ue-de-arancel-al-carbono-puede-hacer-que- el-comercio-mundial-sea-mas-ecologico-e-inclusivo/
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/marcela-cadavid-mariaca-3143869/el-impacto- economico-de-la-fuga-de-carbono- 3284648#:~:text=La%20fuga%20de%20carbono%20hace,que%20conforman%20la%20Un i%C3%B3n%20Europea.
https://www.tlc.gov.co/acuerdos/vigente/acuerdo-de-promocion-comercial-con-canada/1- antecedentes/2-2-resumen-del-acuerdo-comercial-con-canada
[1] "El CBAM generaría una brecha similar entre los países en desarrollo
y los desarrollados en términos de bienestar. En ambos casos, los países desarrollados
saldrían más favorecidos que los países en desarrollo," afirma el informe
desplegado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo («A European Union Carbon Border Adjustment Mechanism: Implications
for developing countries», s. f.)
[2] At the 10th edition of the Global Annual Energy Meeting, Esade’s
Center for Global Economy and Geopolitics (EsadeGeo) will host, together with
the Representation of the European Commission in Spain and EIT InnoEnergy, a
series of events to explore the social, economic and geopolitical impacts of
these policies, which will feature on the negotiating table in 2022.
[3] (The External Effects of the EU’s CBAM | Event 3 | The Global Annual
Energy Meeting 10th edition, 2022),
[4] The External Effects of the EU’s CBAM | Event 3 | The Global Annual
Energy Meeting 10th edition, 2022.
[5] “Las exportaciones de los países menos desarrollados a la UE se podrán
reducir hasta en un 1,4% si el CBAM se implementa con un precio de 44 dólares por
tonelada de emisiones de CO2 incorporadas, y en un 2,4% si se implementa con un
precio de 88 de dólares por tonelada” («A European Union Carbon Border Adjustment
Mechanism: Implications for developing countries», s. f.).
[6] Deutsche Welle (www.dw.com). (s. f.). UE: impuesto al CO2
podría generar conflicto internacional. DW.COM. https://www.dw.com/es/ue-nuevo-impuesto-al-co2-podr%C3%ADa-generar-conflicto-internacional/a-60050408
[7] Según el director del European Centre For International Political
Economy (ECIPE), Hosuk Lee-Makiyama, la mayoría de los miembros «argumentarían
que el CBAM es una violación del principio más básico del GATT (Acuerdo
General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio), que es el de la nación más
favorecida.
[8] LegisComex. Sistema de Inteligencia Comercial. (s. f.). https://www.legiscomex.com/Documentos/abc-organismos-multilaterales-omc-principios
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